Si realizas una donación a Fundación AMÁS, además de contribuir a transformar vidas, puedes deducirte parte del importe donado en tu siguiente declaración de IRPF (para personas físicas) y en el Impuesto de Sociedades (para empresas)
Las deducciones están establecidas en el Real Decreto Ley 6/2023 de 19 de diciembre y aplican a Fundaciones y Asociaciones sujetas a la Ley 49/2002, como Fundación AMÁS.
Además, puede ocurrir que tu comunidad autónoma esté sujeta a un régimen foral particular o si cuenta con deducciones adicionales.
Deducciones si eres donante particular
Existen deducciones fiscales por donativos a ONG que pueden ir del 40% al 80% en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
De los primeros 250€ que dones, te deduces 200€.
Deducción del 80% para los primeros 250 euros donados. A partir de ese importe, es decir para el importe donado por encima de los primeros 250 euros:
- Deducción del 40%.
- Deducción del 45% siempre que en los dos años anteriores se haya realizado una donación a la misma entidad al menos por el mismo importe.
Deducciones si eres persona jurídica (empresa)
El porcentaje de deducción por donativos a ONG en cuota en el Impuesto sobre Sociedades (IS) es del 40% (con el límite del 15% de la base imponible).
Esta deducción se incrementa al 50% si se han realizado donativos de al menos el mismo importe a la misma entidad en los dos ejercicios anteriores.
Colabora.
Transforma la vida de las personas
